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Reformas Madrid
Como gestor de Reformas10, empresa de reformas ubicada en Madrid con más de 10 años de experiencia, he considerado conveniente buscar un espacio para aquellas intervenciones de poca envergadura y poco calado.
En este blog escribirán nuestros profesionales del sector de las reformas que os transmitirán diversos conceptos relacionados con su profesión: albañiles, electricistas, fontaneros, pintores, etc.
La misión de este blog es asistiros en las pequeñas tareas de mantenimiento de vuestro hogar, que en muchos casos no se puede considerar como algo de tanta enjundia como reformar una casa, pero sí que es importante para vosotros hacerlo bien.
En cualquier momento, si no te ves capaz de realizar las intervenciones que describimos, te animamos a que confíes en nuestra experiencia y nos pidas un presupuesto para tu reforma gratis y sin compromiso, no te defraudaremos. Puedes ver aquí el resultado de nuestras obras y reformas.
Esperando que te sea de utilidad este blog con consejos sobre los principales oficios del sector de las construcciones y reformas, recibe un cordial saludo.
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Con base en una Directiva marco que establece principios y obligaciones generales, estos años atrás se ha desarrollado toda una legislación europea en torno a la etiqueta energética.
Por otra parte, hay que señalar que la Directiva se complementa con una serie de reglamentos que dan información específica para cada categoría de producto. Cada reglamento se corresponde con una categoría de producto cubierta por la legislación europea.
El éxito del sistema de etiquetado llevó a la Unión Europea a introducir en el año 2003 dos nuevas clases para los aparatos de refrigeración: éstas son A+ y A++. Estas nuevas categorías se situaron por encima de la clase A para dar respuesta a una demanda del mercado de productos respetuosos con el medio ambiente y para incentivar a que los proveedores desarrollaran productos más eficientes en esta categoría.
Recientemente la Unión Europea ha aprobado nuevas etiquetas para indicar la eficiencia energética más allá de A. La nueva Directiva marco entró en vigor el 19 de junio de 2010 e introduce un nuevo diseño de la etiqueta energética.
Veamos cómo interpretar este diseño.
Elementos del diseño
Los tres elementos básicos de la etiqueta permanecen en el nuevo diseño:
- Clasificación energética por escalas
- Hasta ahora teníamos siete clases energéticas
- Colores de verde oscuro (alta eficiencia energética) a rojo (baja eficiencia energética)
En la nueva etiqueta se incluyen elementos adicionales comunes a todas las categorías de producto para destacar aquéllos con mejores características:
- Se pueden añadir hasta tres clases adicionales, A+, A++ y A+++, a la actual escala de clasificación desde A hasta G. La escala se queda, por tanto con 10 niveles.
- La nueva etiqueta será uniforme en todos los Estados Miembros de la Unión Europea (actualmente 27).
- La nueva etiqueta será independiente del idioma ya que los textos se sustituyen por pictogramas.
- Cada producto individual se suministrará con la nueva etiqueta completa (hasta ahora cabía la posibilidad de tener una parte visible y luego información separada en el manual u otros sitios)
- La declaración de ruido es, a partir de ahora, obligatoria para los productos en los que el ruido es un criterio relevante.
- Aparecen nuevas obligaciones en materia de publicidad y material promocional.
Pero ¡ojo! dependiendo del aparato o tipo de producto, la banda con la clase de energía y/o los pictogramas pueden cambiar.
En próximas entradas hablaremos más en detalle de las etiquetas de cada tipo de produco, pero como nota curiosa os adelantamos que se ha creado una etiqueta especial para vinotecas.
La etiqueta tiene las mismas características que la de los aparatos de refrigeración, excepto en que indica la capacidad nominal en número de botellas de vino normalizadas en lugar del volumen en litros.
Las vinotecas utilizan una tecnología diferente que implica un mayor consumo de energía, estando clasificadas anteriomente entre las categorías D y G. Para ser coherentes con el nuevo diseño y para diferenciarlos de otros tipos de aparatos de refrigeración existentes en el mercado, la etiqueta de estos aparatos muestra ahora las 10 clases.
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Ahora que estamos en pleno periodo de la realización de la declaración de la renta (IRPF - Impuesto de la Renta sobre las Persona Físicas), queríamos recordaros las nuevas desgavaciones que introduce el Real Decreto-ley 5/2011, de 29 de abril, de medidas para la regularización y control del empleo sumergido y fomento de la rehabilitación de viviendas.
A continuación extraemos el texto de nuestro interés:
Disposición final primera: Modificación de la deducción por obras de mejora en la vivienda habitual en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Se introducen las siguientes modificaciones en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio:
Uno. Se modifica la disposición adicional vigésima novena, que queda redactada de la siguiente forma:
«Disposición adicional vigésima novena. Deducción por obras de mejora en la vivienda. Los contribuyentes cuya base imponible sea inferior a 71.007,20 euros anuales, podrán deducirse el 20 por ciento de las cantidades satisfechas desde la entrada en vigor del Real Decreto-ley 5/2011 hasta el 31 de diciembre de 2012 por las obras realizadas durante dicho período en cualquier vivienda de su propiedad o en el edificio en la que ésta se encuentre, siempre que tengan por objeto la mejora de la eficiencia energética, la higiene, salud y protección del medio ambiente, la utilización de energías renovables, la seguridad y la estanqueidad, y en particular la sustitución de las instalaciones de electricidad, agua, gas u otros suministros, o favorezcan la accesibilidad al edificio o las viviendas, en los términos previstos en el Real Decreto 2066/2008, de 12 de diciembre, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012, así como por las obras de instalación de infraestructuras de telecomunicación realizadas durante dicho período que permitan el acceso a Internet y a servicios de televisión digital en la vivienda del contribuyente.
No darán derecho a practicar esta deducción las obras que se realicen en viviendas afectas a una actividad económica, plazas de garaje, jardines, parques, piscinas e instalaciones deportivas y otros elementos análogos.
La base de esta deducción estará constituida por las cantidades satisfechas, mediante tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuentas en entidades de crédito, a las personas o entidades que realicen tales obras. En ningún caso, darán derecho a practicar esta deducción las cantidades satisfechas mediante entregas de dinero de curso legal.
La base máxima anual de esta deducción será de:
- cuando la base imponible sea igual o inferior a 53.007,20 euros anuales: 6.750 euros anuales,
- cuando la base imponible esté comprendida entre 53.007,20 y 71.007,20 euros anuales: 6.750 euros menos el resultado de multiplicar por 0,375 la diferencia entre la base imponible y 53.007,20 euros anuales.
Las cantidades satisfechas en el ejercicio no deducidas por exceder de la base máxima anual de deducción podrán deducirse, con el mismo límite, en los cuatro ejercicios siguientes.
A tal efecto, cuando concurran cantidades deducibles en el ejercicio con cantidades deducibles procedentes de ejercicios anteriores que no hayan podido ser objeto de deducción por exceder de la base máxima de deducción, el límite anteriormente indicado será único para el conjunto de tales cantidades, deduciéndose en primer lugar las cantidades correspondientes a años anteriores.
En ningún caso, la base acumulada de la deducción correspondiente a los períodos impositivos en que ésta sea de aplicación podrá exceder de 20.000 euros por vivienda. Cuando concurran varios propietarios con derecho a practicar la deducción respecto de una misma vivienda, el citado límite de 20.000 euros se distribuirá entre los copropietarios en función de su respectivo porcentaje de propiedad en el inmueble.
En ningún caso darán derecho a la aplicación de esta deducción, las cantidades satisfechas por las que el contribuyente practique la deducción por inversión en vivienda habitual a que se refiere el artículo 68.1 de esta ley.
2. El importe de esta deducción se restará de la cuota íntegra estatal después de las deducciones previstas en los apartados 2, 3, 4, 5, 6 y 7 del artículo 68 de esta ley.»
Dos. Se añade una disposición transitoria vigésima primera, que queda redactada de la siguiente forma:
«Disposición transitoria vigésima primera. Deducción por obras de mejora en la vivienda habitual satisfechas con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto-ley 5/2011.
- Los contribuyentes que con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto-ley 5/2011 hayan satisfecho cantidades por las que hubieran tenido derecho a la deducción por obras de mejora en la vivienda habitual conforme a la redacción original de la disposición adicional vigésima novena de esta Ley, aplicarán la deducción en relación con tales cantidades conforme a la citada redacción.
- En ningún caso, por aplicación de lo dispuesto en esta disposición, la base anual y la base acumulada de la deducción correspondientes al conjunto de obras de mejora podrán exceder de los límites establecidos en la disposición adicional vigésima novena de esta ley.»
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A continuación os resumimos las ventajas y ayudas que nos traen los Planes Renoves del 2011.
Plan Renove 2011 para el equipamiento doméstico
Electrodomésticos
Suponen el 13% del consumo de energía en el hogar. El Plan Renove concede ayudas que oscilan entre los 50 y 125 euros para que pueda sustituir su frigorífico, congelador, lavadora, horno, lavavajillas y cocinas eléctricas por equipos nuevos con etiquetado energético A o superior.
Un equipo de clase A (alta eficiencia) respecto de uno de clase D (baja eficiencia) consume menos de la mitad de energía.
Calderas
Representan el 67% del consumo doméstico de energía.
El Plan Renove concede una media de unos 300€ para la sustitución de calderas individuales de las menos eficientes por calderas de baja temperatura o de condensación que funcionen con gas natural o gasóleo.
La mejora de un 17% en el rendimiento de una caldera individual puede suponer un ahorro de energía térmica equivalente a casi 100 euros por familia. Y así cada año de vida útil de caldera.
Aire Acondicionado
Cada familia que sustituya su viejo aparato de aire acondicionado por otro de clase A, conseguirá un ahorro de energía por este servicio de un 60%
El Plan Renove concede ayudas entre 200 y 300 euros para la sustitución de los viejos aparatos por equipos de etiquetado energético superior. Un equipo clase A con respecto de un clase D ahorra hasta un 19% de energía de la factura anual en el hogar.
Plan Renove 2011 para edificios de viviendas
Ventanas
Su sustitución por las de mejor comportamiento energético llega a reducir enormemente el consumo de energía para calefacción y aire acondicionado.
El Plan Renove concede ayudas de entre un 22% y un 35% del coste del presupuesto de sustitución de las viejas ventanas.
Fachadas
Un tratamiento de aislamiento en las fachadas puede lograr un gran ahorro de energía en calefacción y aire acondicionado.
El Plan Renove concede ayudas económicas para el correcto aislamiento del exterior e interior.
Cubiertas
La mejora del aislamiento energético de las cubiertas puede conseguir hasta un 20% de ahorro.
Ascensores
En una comunidad de vecinos, el consumo anual del energía eléctrica debido al uso del ascensor puede suponer unos 7.000 KWh anualmente.
El Plan Renove concede ayudas de hasta 3.300 euros por ascensor, con el requisito de que la mejora del servicio suponga una reducción del consumo de energía de al menos un 35% y que esta cantidad no supere el 35% del presupuesto.
Sobre los Planes Renove
Los Planes Renove constituyen una de las medidas del Plan de Acción de la Estrategia de Ahorro y Eficiencia energética para España.
Estos planes, en sus diferentes modalidades, proporcionan a los ciudadanos ayudas económicas que les facilitan la adquisición de equipamientos domésticos eficientes así como la sustitución de elementos de los edificios. Todo ellos con el resultado de un menor consumo de energía.
Desde la implantación de los Planes Renove en el año 2006 se han sustituido 3.129.000 electrodomésticos, además de otros equipos como ascensores, calderas, etc., consiguiéndose así un ahorro anual en energía equivalente al consumo de 700.000 hogares españoles.
En 2011, los Planes Renove llegan de nuevo a las distintas comunidades a través de los fondos que, anualmente y para este fin, les transfiere el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
Infórmese en su Comunidad Autónoma sobre la modalidad de Plan Renove que vaya a solicitar en la convocatoria de ayudas para el año en curso.
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La Comunidad de Madrid vuelve a destinar una partida presupuestaria para la subvención del cambio de ventanas, simepre que dicho cambio mejore la eficiencia energética y conlleve un ahorro. En caso contrario no podremos disfrutar de ayudas.
Los cristales de aislamiento térmico reforzado (ATR) son dobles acristalamientos más eficientes energéticamente que los habituales. Estos cristales ahorran energía, por lo que ahorrará en gas, luz, etc. Además, así ayudamos al medioambiente al reducir las emisiones de CO2. Aquellas viviendas que ya posean dobles acristalamientos y los marcos se encuentren en buen estado pueden cambiar únicamente los cristales sin necesidad de cambiar los marcos.
Veamos en qué consisten las ayudas:
1. ¿Me puedo acoger a las ayudas para el cambio de mis ventanas?
Si eres el propietario de la vivienda de una vivienda sita en la Comunidad de Madrid (o estás en alquiler) y deseas
- cambiar los cristales de tus ventanas o
- cambiar las ventanas en su conjunto (marcos y acristalamientos) o
- instalar dobles ventanas
y la vivienda tiene menos del 40% de huecos en fachada, te puedes acoger!
2. ¿Puedo poner cualqueir tipo de ventanas o acristalamientos?
No. Según el plan, tenemos literalmente los siguientes requisitos
- Que el modelo de doble acristalamiento o unidad de vidrio aislante posea un valor de transmitancia térmica (U) menor o igual a 2,1 W/m2.K, esté formado por al menos un vidrio bajo emisivo y se encuentre incluido en la base de datos de esta página web.
- Que en el caso en el que se proceda a la sustitución de ventanas en su conjunto (sustitución de marco y colocación de doble acristalamiento) o se instalen dobles ventanas, la transmitancia térmica (U) del hueco sea menor o igual a 2,1 W/m2.K.
- Que la instalación de dobles ventanas se entienda para los casos en los que ya existe una ventana que no se modifique, y se incorpore una nueva ventana exterior.
3. ¿A cuánto ascienden las ayudas?
El plan renove de acristalamientos nos reembolsará
- 110 € por cada m2 de doble acristalamiento de ATR instalado en el caso de sustitución de ventanas y/o la instalación de contraventanas (cristales ATR y marcos que cumplen la condición de la pregunta 2 punto 2).
- 24 € por cada por cada m2 de doble acristalamiento de ATR instalado si sólo se sustituyen los cristales o se sustituyen ventanas y/o contraventanas con cristales ATR y marcos que no cumplen con la condición de la pregunta 2 punto 2.
Sin embargo, las ayudas nunca podrá superar los 10.000 euros por cada vivienda unifamiliar o los 300.000 euros por cada edificio de viviendas en bloque. Tampoco podrá suponer la ayuda más del 30% del coste del cambio (IVA no incluido).
4. ¿Hasta cuándo duran las ayudas y cómo me acojo al plan?
Esta plan está vigente hasta el día 15 de Octubre de 2011 o hasta que se acaben los fondos destinados al plan (1.482.817,29 €)
Ciudado: No podrá acogerse al Plan Renove la compra e instalación de ningún acristalamiento, ventana o doble ventana que sea realizada antes del 29 de Septiembre de 2010 y después del 15 de octubre de 2011.
Para aocjerte al plan lo único que tienes que hacer es contactar con un instalador autorizado e indicarle que quieres acceder a las ayudas. Él te guiará por todo el proceso
Más información en: http://www.cambialasventanas.com Date prisa, las solicitudes de ayudas se atenderán por riguroso orden de presentación!!
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Continuando con nuestra entrada anterior, en este capítulo os contaremos cómo colocar la tarima flotante.
Colocación de la tarima flotante.
Ahora que ya tenemos el suelo preparado, empezaremos a colocar los listones. Los sistemas más utilizados son dos:
- Sistema de “clic”
- Encolado
Las ventajas del sistema de “clic” frente al encolado de las láminas son varias:
- Facilidad de montaje y desmontaje: La instalación y materiales se simplifican, pues no tenemos que estar encolando juntas sino que se encajan como si fueran piezas de un lego. En caso de ser necesario, podemos desmontar la instalación, lo cual viene muy bien si nos hemos equivocado y nos damos cuenta a mitad de los trabajos.
- De acabado instantáneo: No hay que esperar a que se seque la cola, luego podemos ir pisando (con cuidado) la tarima según la vamos colocando.
- Acabados perfectos: Las juntas no se abrirán pasado el tiempo. En los sistemas por encolado, según se expanden y contraen las láminas de la tarima la unión encolada sufre tensiones. Esto produce que pasado el tiempo se observen “grietas” en las juntas
Así pues, explicaremos la instalación de tarima flotante con el sistema “clic”
Sentido de las láminas
Para decidir el sentido de las láminas debes fijarte en:
- El tipo de suelo que tengas en el pasillo o habitación aledaña. Si hay tarima o algo que tenga un sentido marcado es conveniente que lo sigas en tu nueva instalación.
- Si colocas las láminas de forma longitudinal (paralelas a la pared más larga de la habitación), tendrás como efecto que la habitación sea más estrecha y más larga y viceversa. Con esto en mente, puedes compensar las dimensiones de tu habitación e imprimir el carácter que más te guste.
- Fíjate si tienes alguna zona que no va a ir cubierta por el rodapié o embellecedor (armarios, puertas, etc.). Si es así, puedes elegir esta zona para iniciar la instalación y colocar las láminas de forma que no tengas que realizar cortes en la lámina limítrofes (es decir, la lámina queda en forma de T con la pared o el umbral de la puerta). También puede ser una buena idea utilizar un molde para cubrir esta junta que debería tapar el rodapié.
Tarima flotante: Colocación de la primera hilera de láminas
Ahora que ya tienes escogido el sentido de las tablas, empezaremos por una esquina de la habitación y colocaremos la tarima en forma de hileras (poniendo el lado largo de las n tablas de la primera hilera pegadas a la pared correspondiente). Para ello:
- Corta un poco todas las tablas de la primera hilera de modo que se quede fuera el encaje macho (si no tienes una sierra buena, este paso te lo puedes saltar). Importante: Deja una separación de unos 7/10 mm (siempre menor que el grosor del rodapié) entre las láminas y la pared, pilares, umbrales de puertas, etc.. Esto lo puedes conseguir colocando unas cuñas o incluso unas monedas entre las láminas de la tarima y la pared. Esto es de vital importancia para que la tarima no se levante con las dilataciones en las estaciones de calor.
- Coloca una lámina tras otras hasta completar la primera hilera
- La última lámina de la hilera necesitará un corte para que se ajuste al espacio que queda (calcula siempre la holgura que tienes que dejar entre lámina y pared)
Tarima flotante: Colocación de las siguientes hileras
Las siguientes hileras son más fáciles:
- Corta una lámina por la mitad y colócala a continuación de la primera lámina de la primera hilera. Así quedarán intercaladas las uniones, como si de un muro de ladrillo se tratase, pero colocado en el suelo. Dicho con otras palabras: nunca deben coincidir los extremos o testas de las tablas
- Presiona hasta que oigas un “clic”; la lámina habrá quedado encajada. Es posible que tengas que encajar las láminas introduciéndolas con un ángulo y luego poniéndolas planas hasta el suelo. Cada sistema es diferente, pero en seguida le cogerás el truco.
- Continúa colocando y hasta llegar al final de la hilera. Recorta la última lámina según el espacio que te quede.
- Repite estos pasos hasta que llegues a la última de las hileras de la tarima flotante
Tarima flotante: Colocación de la última de las hileras de la tarima
La útlima de las hileras es la que, casi seguro, más trabajo nos va a dar
- En primer lugar debes presentar cada lámina encima de la penúltima y casi pegada a la pared (vigila la holgura, ayúdate de cuñas o las monedas).
- Con un lápiz marca en cada lado de la lámina el punto donde se monta la lámina con las láminas de la penúltima hilera.
- Traza una línea entre los dos puntos marcados y corta por la línea. Así tendrás una lámina que encaja exactamente en el hueco.
- Haz esto para cada lámina de la última hilera. Ten en cuenta que las paredes no son rectas y si “copias” una lámina de la última hilera confiando en que te valdrá para cualquier posición, te puedes llevar una sorpresa
En nuestra tercera entrada te contaremos algunos trucos para un acabado perfecto. No te la pierdas, colocar tu tarima flotante no es tan difícil!
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